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San Martín es del Federal A

Zona Este 09/02/2023 Mauricio Sabatini Mauricio Sabatini

Después de muchos días de incertidumbre finalmente el Tribunal de Disciplina del Consejo Federal determinó la sanción del partido entre Germinal e Independiente de San Cayetano. Tomando la determinación de descalificar al club de Necochea y de esta manera San Martín jugará el próximo Torneo Federal A 2023.

El boletín resuelve lo siguiente:

El Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior,

RESUELVE:

1°) Dar por finalizado el partido correspondiente a la instancia final del Torneo Regional Federal Amateur 2022/23, disputado en fecha 05/02/2023 entre el Club Atlético Germinal y el Club Atlético Independiente de San Cayetano, con el siguiente resultado: Club Atlético Germinal: 3 -tres- goles vs Club Atlético Independiente de San Cayetano: 1 -un- gol (Regla 3 de Juego de la FIFA y Arts. 32 y 33 del RTP).

2º) Sancionar al Club Atlético Independiente de San Cayetano, con multa de valor entradas generales trescientas -300- por cada una de tres fechas, por el comportamiento de sus simpatizantes (Arts. 32, 33, y 80 incs. b y c del RTP).

3º) Decretar la eliminación del Club Atlético Independiente de San Cayetano, del Torneo Regional Federal Amateur 2022/23, organizado por el Consejo Federal del Fútbol y sancionar al mismo para participar del referido torneo, por el término de un -1- año (Arts. 32, 33, 80 2do. Párr. y 117 del RTP).

4º) Sancionar a los jugadores del club Atlético Independiente de San Cayetano, Sres. RICARDO DANIEL AZURMENDI, BRAIAN URIBE y BRANDON LEONEL VARGAS, con una pena de SUSPENSION de diez

-10- partidos (Arts. 32, 33 y 184 del RTP).

5º) Sancionar a los jugadores del club Atlético Independiente de San Cayetano, Sres. GABRIEL DARIO DARROQUY ROMERO, JONATHAN SANTIAGO SUHIT, FRANCISCO JESUS ROQUE, HERNAN ANDRES PAICIL y TOMAS AGUSTIN CASAS, con una pena de SUSPENSION de cuatro -4- partidos (Arts. 32, 33 y 185 del RTP).

6º) Sancionar al jugador del club Atlético Independiente de San Cayetano, Sr. SANTOS FELIX BACIGALUPE, con una pena de

SUSPENSION de cuatro -4- partidos (Arts. 32, 33 y 287 inc 5º del RTP).

7º) Sancionar al integrante del cuerpo técnico del club Atlético Independiente de San Cayetano, Sr. TOBIAS RUPPEL, con una pena de SUSPENSION de doce -12- partidos (Arts. 32, 33 y 184 en relación al Art. 260 del RTP).

8º) Sancionar a los integrantes del cuerpo técnico del club Atlético Independiente de San Cayetano, Sres. MAXIMILIANO ISMAEL MONTIEL y PABLO SEBASTIAN ETCHEVERRY, con una pena de SUSPENSION de seis -6- partidos (Arts. 32, 33 y 185 en relación al Art. 260 del RTP).

9º) Líbrese oficio a la Liga Necochea de Fútbol, para que tome debida nota de la presente resolución y su control.

10º) Se hace saber a los sancionados, que la presente resolución es recurrible a través del Recurso de Apelación, que deberán presentar ante este Tribunal en el término de cinco (5) días de notificados, el cual de ser concedido se elevará al Tribunal de Apelaciones de la Asociación del Fútbol Argentino, previo deposito del arancel correspondiente (art.

74 del RGCF).

11º) Notifíquese, regístrese y archívese (Arts. 41, 42 y 43 del RTP).

MIEMBROS: Dr. Pablo Iparraguirre, Dr. Raúl Borgna y Dr. Guillermo

Beacon.-

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